Sin licitación pública

Obras en Calimaya sólo por invitación o adjudicación directa

La Secretaría de la Función Pública del gobierno federal señala que la licitación pública es un procedimiento de contratación donde se plantean los requisitos que debe cumplir una empresa para proveer un bien o servicio a una entidad gubernamental, y “cuya esencia se encuentra en la competencia”, ya que, al ofertar entre empresas, y en el entendido de que quieren beneficiarse de tener como “cliente” al gobierno, lógicamente ofrecen un mejor precio.

Por ello, este procedimiento es el que privilegia el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que señala que “a fin de asegurar al estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”, obras y servicios “se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes”.

Asimismo, para cumplir con las mejores prácticas internacionales, “la Secretaría de la Función Pública considera fundamental que los entes públicos privilegien la utilización de licitaciones públicas en sus procedimientos de contratación, porque con independencia de que es el procedimiento instruido por la Carta Magna, dicho procedimiento es el que, como regla general, garantiza al Estado la obtención de las mejores condiciones de contratación en cuanto al precio (…) y porque adicionalmente dicho procedimiento competitivo es el que más favorece a la eficiencia en la asignación de recursos en la Sociedad mexicana en su conjunto”.

Sirva todo ello para poner en contexto por qué en Calimaya no hacen ni una sola de las obras a través de la licitación pública, a pesar de lo señalado y priorizado en la Constitución y por la Secretaría antes mencionada. Si como se menciona, la competencia es un medio para optimizar recursos, parece que en Calimaya no les llama la atención generar esta competencia, por el contrario, que se utilicen únicamente las adjudicaciones directas y las invitaciones restringidas es un indicio de que ya tienen proveedores consentidos, a los que benefician con la adjudicación de las obras.

Así sucedió el año pasado con lo contemplado en el programa anual de obras 2022, donde no hubo una sola licitación pública, y la historia se repite, pues en el programa anual de obra 2023, que contempla 46 obras para este año, 6 de las cuales son adjudicaciones directas, y el resto, se manejan como invitación restringida, el cual es un procedimiento donde se hace la invitación a empresas previamente identificadas por el gobierno para que entre ellas “compitan” por la obra, dejando de lado otras empresas fuera de la preferencia de los funcionarios en turno.

Si bien es cierto que las invitaciones restringidas y las adjudicaciones directas también son contempladas por la ley, resulta llamativo que al amparo de esta se hagan pasar como “transparentes” estos gobiernos que parece que ya tienen “amarrados” los tratos en el aspecto financiero, de lo contrario no hay razón para rehuir con tanto afán de la licitación pública y la sana competencia en materia de obra pública.

Este tipo de prácticas, en las que presuntamente todo se hace fuera de la vista y del escrutinio público, propicia la desconfianza de la gente hacia su gobierno, pues el manejo del dinero, que no es poco, -este año asciende a 74 millones 534 mil 757 pesos-, no está al alcance de la participación de todos, sino que entre las empresas “invitadas” y entre las que se les adjudique directamente se repartirán las obras a realizarse este año, lo que puede ser un catalizador de malas prácticas, ya que en otras administraciones se ha visto que los mismos funcionarios otorguen las obras a conveniencia.

Osvaldo García

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