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“Sin vergüenza”

Aparente nepotismo y falta de competencia laboral en Malinalco

Mucho se ha dicho sobre quién maneja la administración 2022-2024 en Malinalco y es que, como se lo hicimos saber en ediciones pasadas, es la síndico Yasmín Juárez Medran, quien aparentemente lleva las riendas de los tejes y manejes del municipio, dejando a un lado al alcalde, Juan Leonardez, quien, en un futuro, podría estar pagando las consecuencias de que esta servidora pública, haga y deshaga a voluntad dentro del ayuntamiento.

Le explico, en principio de cuentas, dicen las malas lenguas, que Juárez Medran, se ha encargado de llenar la presidencia municipal con sus allegados a conveniencia, un ejemplo claro es el Contralor, Diego Jaimes Contreras, quien por cierto, no cumple con los requisitos establecidos por la Ley par ocupar dicho cargo, ya que ni siquiera aparece en el Registro Nacional de Profesionistas, requerimiento indispensable para desempeñar este puesto que exige a una persona con Título Profesional en las áreas jurídicas, económicas o contable administrativas, experiencia mínima de un año y la Certificación de Competencia Laboral en funciones expedida por el Instituto Hacendario del Estado de México, por lo que estaría violando los Artículos 32 fracción IV, 92 fracción IV, 96 fracción I, 96 ter y 96 quintus de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, así como el artículo 169 fracción IV del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Aunado a esto es el aparente nepotismo que se vive dentro de la administración, puesto que es justamente Yasmín Juárez Medrán, quien tiene a su hermana Alma Juárez Medrán, trabajando con ella dentro de la sindicatura; pasándose por el arco del triunfo la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, que, en su Capítulo único, título tercero, apartado II, Artículo 42. Sección XIII, dice: Abstenerse de nombrar, contratar o promover como servidores públicos a personas con quienes tenga parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil, y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad administrativa de la que sea titular.

¿No se supone que esta señora se las sabía de todas todas? Y es que es ella, quien aparentemente anda de consejera con el alcalde, que, por falta de experiencia, desconoce muchas cosas en cuestión de administración pública. Como alguna vez dijo Victorino Barrios, “esto no es otra cosa que conflicto de intereses y si hay algo que le reduzca el grado de credibilidad a un miembro de un ayuntamiento es eso: el contratar a sus familiares”.

Pero la cosa no para ahí, pues si se piensa fríamente, se podrían estar quebrantando muchos más artículos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas del Estado de México como el 7, que indica el Conducirse con rectitud sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros o el 52, que habla de que, para efectos de la presente Ley, se consideran faltas administrativas graves de los servidores públicos, mediante cualquier acto u omisión, se vean involucrados en: El cohecho, el peculado, el desvío de recursos públicos, la utilización indebida de información, el abuso de funciones, el actuar bajo conflicto de interés, la contratación indebida, el tráfico de influencias, entre otros.

Esto es básicamente, que “alguien”, se tome atribuciones que no tenga conferidas o se valga de las que tenga, para realizar o inducir actos u omisiones arbitrarios, para generar un beneficio para si o para los suyos. Que cualquier servidor público autorice cualquier tipo de contratación, así como la selección, nombramiento o designación indebida, o aquel o aquella que utilice la posición que su empleo, cargo o comisión le confiere para inducir a que otro servidor público efectúe, retrase u omita realizar algún acto de su competencia, para generar cualquier beneficio, provecho o ventaja para sí o los suyos, ¿Le suena la historia?

Cabe destacar que si en algún momento el OSFEM hace su aparición debida con las auditorías en Malinalco, las consecuencias de una mala práctica en el servicio público serían desde la suspensión del empleo, cargo o comisión, sin goce de sueldo por un periodo, la destitución de su empleo, cargo o comisión, la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, hasta una fuerte sanción económica.

Habrá que recordarle al Presidente Municipal, Juan Leonardez, que poner la “Iglesia en manos de Lutero” podría salirle muy caro, si no es por la fiscalización será al término de su administración, cuando las multas y los resarcitorios le cobren factura; mientras la “abusadilla” de “Yasmín Medrano, se lava las manos.

Ariz Vega

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